El TEAC cambia de criterio sobre la exención del artículo 50 TRLIS en UTEs que operan en el extranjero

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha dictado la resolución nº 02501/2023, de 25 de marzo de 2026, en la que modifica expresamente su doctrina previa sobre los requisitos que deben cumplir los socios de una Unión Temporal de Empresas (UTE) para poder aplicar la exención prevista en el artículo 50 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (TRLIS, RDLeg 4/2004) sobre las rentas que les son imputadas cuando la UTE opera en el extranjero.