Cuándo se tiene la condición de Gran Empresa

En España, una empresa se considera Gran Empresa si su cifra de negocios supera un importe determinado en un año fiscal. La categorización de Gran Empresa hace que, además de hacer referencia a su tamaño en el tejido empresarial, asuma responsabilidades adicionales. Conocer las nuevas obligaciones que debe asumir una compañía ayuda a una mejor planificación financiera y operativa.

1. ¿Cuándo se considera una empresa grande?

Según la Agencia Tributaria la empresa, empresario o profesional que supere los 6.010.121,04 de euros de facturación en un año pasa a tener la condición de Gran Empresa, a partir del 1 de enero del año siguiente.

Con el cambio se incrementan los controles fiscales, las declaraciones y las posibles auditorías. Adicionalmente, puede requerir sistemas avanzados para reportar operaciones y cumplir normativas.

2. Obligaciones fiscales de una empresa grande

Los requisitos fiscales adicionales que hay que cumplir en la categoría de Gran Empresa son los que se muestran a continuación.

1. Declaraciones de impuestos con periodicidad mensual:

  • El IVA (Modelo 303) pasa a presentarse mensualmente.
  • El Modelo 111 de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, también pasa a presentarse mensualmente.
  • En caso de estar sujeto al Impuesto sobre envases de plástico no reutilizable, la declaración deberá realizarse también de manera mensual.

2. Suministro Inmediato de Información (SII).

Las grandes empresas están obligadas a utilizar el Suministro Inmediato de Información (SII) para la gestión del IVA, lo que supone el envío electrónico casi en tiempo real de las facturas emitidas y recibidas a la Agencia Tributaria.

3. Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.

El cálculo de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades se debe realizar bajo la modalidad prevista en el artículo 40.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, efectuando liquidaciones con referencia a la base imponible acumulada del ejercicio.

4. Comunicación a la Agencia Tributaria.

El cambio de categoría debe comunicarse a la Agencia Tributaria mediante la presentación del Modelo 036 antes del 31 de enero del año en el que entra en vigor la nueva condición fiscal.

3. ¿Qué tengo que hacer si la empresa deja de ser Gran Empresa?

Cuando la facturación cae por debajo del umbral de 6.010.121,04 euros durante un año natural, pierde la condición de Gran Empresa a partir del 1 de enero del año siguiente. 

La empresa debe informar a la Agencia Tributaria el cambio mediante la presentación del Modelo 036 dentro del mismo plazo mencionado anteriormente.

4. ¿Cuáles son las consecuencias de perder la condición de Gran Empresa?

Las consecuencias del cambio son que la periodicidad de declaraciones fiscales vuelve a ser trimestral: el IVA (Modelo 303) y el Modelo 111.

Otra consecuencia es que desaparece la obligación de usar el SII. La empresa deja de estar obligada a emplear el Suministro Inmediato de Información, a menos que esté inscrita en el Registro de Devolución Mensual del IVA o se acoja al Régimen Especial de Grupos de Entidades en IVA.

Se modifican los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, se calculan conforme a la modalidad estándar, aplicando la normativa del artículo 40.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

5. Cálculo del volumen de operaciones

Se incluyen todas las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por la empresa, excluyendo el IVA y otros impuestos equivalentes. Este cálculo también comprende operaciones exentas del IVA y aquellas que, por reglas de localización o inversión del sujeto pasivo, no estén sujetas a este impuesto.

6. Cómo puede ayudar Afianza

Las grandes empresas deben adaptar su gestión fiscal a las normativas de la Agencia Tributaria, lo que implica presentar declaraciones mensuales, emplear el SII y modificar pagos fraccionados.

En Afianza contamos con equipos expertos que pueden asesorarte y acompañarte en todos los procesos necesarios. Cumplir con estas normas es esencial para evitar problemas fiscales, si necesitas ayuda o tienes dudas, consúltanos sin compromiso.

Para saber más:

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/empresas/grandes-empresas.html

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